Ramón Zamora Rodríguez| Holguín|
Nada le puede
garantizar en Cuba que sus derechos le sean respetados, no importa si la ley le
reconoce estos. Peritos, funcionarios y jueces no respetan nada, y los delitos
de cohecho, tráfico de influencias, abuso de cargo y de poder, se han
convertido en figuras cotidianas y cosechan cada día innumerables victimas del
entramado legal.
Titulo de propiedad de Isabel del Carmen |
Víctima de estos
flagelos se encuentra la holguinera Isabel del Carmen Montada Calzadilla quien
reside en calle San Carlos número 74 entre 6ª y 4ª. Reparto Peralta en la capital
provincial. Quien reside allí hace más de 30 años como propietaria legítima
según la resolución 496/98, del expediente 524/98 de la Dirección Municipal de
la vivienda. Zona donde todo era paz y armonía entre vecinos, hasta que la
dirección municipal de Planificación Física decidió otorgarle a la señora
Misleidi Sosa Cobiella un terreno que colinda con su vivienda, para que
construyera una casa y que hasta ese momento era utilizado por la vecindad como
parque de recreo y para la realización de actividades comunitarias. Desde ese
momento comenzó para Isabel y su familia una verdadera agonía.
Vivienda de Misleidi Sosa Cobiella |
La señora Misleidi Sosa
que trabaja como secretaria personal del señor Alberto Nápoles Rivera gerente
de la corporación UNECAMOTO- filial Holguín y miembro del Consejo de la
Administración Municipal (CAM), empezó la construcción inmediatamente y con
recursos en equipos y materiales provenientes de dicha empresa. Sin siquiera
respetar los límites para los colindantes, acercó hasta escasos centímetros la
pared lateral derecha de su vivienda, y le reclamó a Isabel que debía cerrar
unas persianas que dan para su actual propiedad. Y que además desviara la caída
de las aguas que caen cuando llueve, cosa que nadie acató al ser contrario a
derecho.
Distancia entre la placa de Misleidis y la de Isabel del Carmen |
De inmediato se
intentó frenar tanta arrogancia y
desprecio, interponiendo las reclamaciones correspondientes ante las
autoridades facultadas para conocer del asunto. Pero estas contra toda lógica
les negaron el derecho que poseen desde hace varios años,( art.415 de la ley de
procedimiento civil) Usando sus
influencias personales y familiares ha llevado hasta los tribunales a Isabel y
familia donde en sentencias dictadas por estos les obligan a darle a la señora
Misleidi todo lo que reclama.
En la sentencia número 97/14. Expediente 60/14,
del Tribunal Popular Municipal, y la Número 170/14. Expediente 186/14 del Tribunal Popular Provincial, se les negó
de plano el derecho que poseen a
presentar las pruebas documentales y testificales, contraviniendo la ley de
procedimiento civil (LPCALE) en sus artículos 244; 246; 261. Y reconociendo en
las mismas un derecho que no existe.
Terreno de fondo de la vivienda de Misleidi |
Ventanas que exigen cerrar a Isabel del Carmen |
Si el código civil
cubano establece desde el artículo 170.1, hasta el 173.1y2 todo lo que Isabel y familia
reclaman, ¿por qué entonces se viola a ojos vistas el derecho de muchos en
beneficio de unos pocos? El reparto peralta es reconocido por su exclusividad y
elitismo, grandes deben ser los poderes
que poseen los que protegen a Misleidi para que le dieran un terreno de uso
comunitario para que construyera una
vivienda y que la balanza de la ley siempre la inclinen a su favor
contraviniendo lo legislado.
Isabel del Carmen
Montada Calzadilla hoy se encuentra bajo amenaza por las manipuladas leyes de
los tribunales holguineros, y obligada a vivir en horarios del día con las
luces encendidas, por la acción de corruptos que ejercen su poder para que
cierre las persianas que por tantos años estuvieron dando luz natural a los
moradores de la vivienda, pero ahora llegó una de las tantas personas que tiene
poder en casi todas las esferas gubernamentales para hacer ínfulas de su poder,
y nadie hace nada por hacer valer la verdadera justicia, así están en Holguín
con la “revolución” del pueblo y para el pueblo, ¿Cuál pueblo?
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