Por: Lic. Yelky Puig Rodríguez.
Abogado Independiente.
Vivimos en un Estado sin Derecho, donde
somos tratados de una manera no humana por nuestro gobierno, violando ellos nuestras
libertades más fundamentales, por eso nuestra población posee pánico desde hace
más de cincuenta y seis años que no le ha permitido expresarse libremente para
exigir de manera pacífica lo que necesita para vivir de acuerdo a sus
capacidades, pero gracias a Dios, ya nuestro pueblo y juventud especialmente
está perdiendo ese miedo de decirle al que sea:¨porque yo no puedo hacer esto
que no le perjudica a nadie¨.
Estimado lector (ra), es hora de un
mundo próspero y de paz donde tú seas soberano por derecho, ¿cuántas veces de
manera formal has planteado en el gobierno de tu localidad algún problema fácil
de resolver y has tenido que llegar al Consejo de Estado y no se ha resuelto
nada?, pero llegó la hora en que el pueblo tiene voz y voto; lee mi criterio y
exhortación para hacernos escuchar y valer nuestra dignidad y soberanía
personal y nacional.
Ya estamos distribuyendo individualmente
proclamas (papeles pequeños) expresando éticamente nuestras necesidades o
exigencias. Tú eres un distribuidor más, comienza ya.
Qué dice el Código Penal al respecto:
ARTICULO 103.1. - Incurre en sanción de privación de libertad de uno
a ocho años el que:
a) incite contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista, mediante la propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma;
b) confeccione, distribuya o posea propaganda del carácter mencionado en el inciso anterior.
2. El que difunda noticias falsas o predicciones maliciosas tendentes a causar alarma o descontento en la población, o desorden público, incurre en sanción de privación de libertad de uno a cuatro años.
3. Si, para la ejecución de los hechos previstos en los apartados anteriores, se utilizan medios de difusión masiva, la sanción es de privación de libertad de siete a quince años.
4. El que permita la utilización de los medios de difusión masiva a que se refiere el apartado anterior, incurre en sanción de privación de libertad de uno a cuatro años.
a) incite contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista, mediante la propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma;
b) confeccione, distribuya o posea propaganda del carácter mencionado en el inciso anterior.
2. El que difunda noticias falsas o predicciones maliciosas tendentes a causar alarma o descontento en la población, o desorden público, incurre en sanción de privación de libertad de uno a cuatro años.
3. Si, para la ejecución de los hechos previstos en los apartados anteriores, se utilizan medios de difusión masiva, la sanción es de privación de libertad de siete a quince años.
4. El que permita la utilización de los medios de difusión masiva a que se refiere el apartado anterior, incurre en sanción de privación de libertad de uno a cuatro años.
Para no incurrir en el delito, la
proclama que estamos distribuyendo y que tú puedes distribuir para apoyarnos dice
así:
Sin incitar contra el orden social, la
solidaridad internacional o cualquier sistema, exigimos:
1. Condiciones de trabajo y de vida con calidad para
los profesionales de la salud.
2. Un sistema de salud de calidad.
3. Inmediata libertad para los presos políticos.
Foro
por los Derechos y Libertades.
Al final se expresa quien responde por
estas proclamas por el siguiente artículo del código penal:
ARTICULO 210. El que
confeccione, difunda o haga circular publicaciones sin indicar la imprenta o el
lugar de impresión o sin cumplir las reglas establecidas para la identificación
de su autor o de su procedencia, o las reproduzca, almacene o transporte,
incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de
cien a trescientas cuotas.
Por lo tanto amigos y amigas es hora de
que nuestra voz tome valor.
Mira que te mando que te esfuerces y
seas valiente; no temas ni desmayes, porque Jehová tu Dios estará contigo en
donde quiera que vallas. (Josué 1:9)
San Mateo 5.
6. Bienaventurados los que tienen hambre
y sed de justicia, porque ellos serán saciados.
7. Bienaventurados los misericordiosos, porque
ellos alcanzarán misericordia.
9. Bienaventurados los pacificadores,
porque ellos serán llamados hijos de Dios.
10. Bienaventurados los que padecen
persecución por causa de la justicia, porque de ellos es el reino de los
cielos.
No hay comentarios:
Publicar un comentario