Por: Ramón Zamora Rodríguez.
En un país como Cuba, del que han emigrado en fechas
recientes más de 20 mil personas escapando de un régimen de hambre y
corrupción, represión, falta de oportunidades, de Derechos Inalienables, y
atados por un código penal inaceptable por la ciudadanía del país, por ser un
instrumento para la sumisión y el robo de derechos, así como para mantener un estricto
control del pueblo que desgobiernan, es harto común encontrar personas
aquejadas por el mal procedimiento penal y las bárbaras maniobras que con sus
artículos se juegan.
Las pruebas fehacientes que sustentan lo antes citado
estriban en lo que
hoy están obligados a sufrir Roger Guilarte Urtate y Ernesto
Núñez Matos, quienes cumplen sanciones de 3 y 4 años respectivamente, ambos por
el delito de Salida Ilegal del Territorio Nacional. Roger sancionado por el
artículo 217. 2, y Ernesto con el artículo 217. 1, del que cabe mencionar que
tal artículo refiere: "El que preste ayuda material, ofrezca información o
facilite de cualquier modo la salida ilegal de personas del territorio
nacional, incurre en sanción de privación de libertad de uno a tres años o
multa de trescientas a mil cuotas".
Roger Guilarte Urtate |
Lo inaceptable de la cuestión legal, es que las diez
personas
implicadas en el intento de salida ilegal, fueron antes sancionadas
luego de su detención por el Tte Coronel. Uvilqui Fuente Cabrera, Capitán del
Puerto de Moa, quien impuso multas que ascendían los 6.000, 8.000 y 10.000
pesos moneda nacional, y donde Guilarte Urtate y Núñez Matos fueron multados
con la cuantiosa cifra de 10.000 pesos cada uno, para luego ser conducidos a
los calabozos de la Unidad de la Policía de Moa, y ser procesados y sancionados
por el mismo delito, alegando que en su momento oportuno no interpusieron
recurso de apelación ante la multa.
Toda persona que en algún momento haya estado arrestado
en cualquier calabozo en Cuba, sabe de sobras que un perro goza de mejor
atención que los detenidos dentro de los calabozos de las Unidades Policiales
del país, además del aparente "tu no me importas" de los oficiales de
control de detenidos, para colmo de las barrabasadas, los oficiales de control
escogen a dos o tres detenidos, de muchos con ánimo de servilismo y de sueños
frustrados de ser policía quizás, para que realicen tan serio trabajo, donde
estos detenidos serviciales no tienen idea de los procedimientos a seguir, pues
ésas no son ni serán nunca sus funciones.
Al reclamo de la doble sanción de Roger Guilarte, la
justificación viciada fue que dejó decursar el tiempo de los 5 días hábiles
establecidos para imponer recurso
de apelación, no importando, según la
respuesta dada, que estuviese bajo arresto, pues nunca comunicó su interés ante
los oficiales de control de detenidos, los que en ese caso vienen obligados a
realizar los trámites pertinentes para que ejerciera su derecho, tal
justificación amañada desde sus inicios, muestran una de las mil caras del
gobierno para enriquecer sus arcas a costa de la ignorancia del pueblo en
materia legal, ?Cuántos cubanos son conocedores, que los oficiales de control
de detenidos vienen obligados a realizar los trámites pertinentes para que los
detenidos ejerzan tales derechos? Y por otra parte, ?Quién explica o informa
sobre el debido proceso y los derechos con los que puede valerse cualquier
detenido? Y al ser instruidos de cargo, ?El instructor que llevó su caso, le
dejó conocer en tiempo que además de sobre multado sería procesado?.
Para colmo de los males, su abogado, el Licenciado Luís
Enrique Fuentes Cardoza, poco o nada hizo, evidentemente porque éste como
todos, no son más que harina del mismo costal, pues no fue capaz de lograr que
su defendido gozara del derecho de apelar su inconformidad al Supremo en la
Habana, ni a la fecha a logrado, a bien de su prestigio y en honor a su
profesión, exigir una revisión de causa, apelando a las sobradas razones que
tiene para que sea excarcelado su defendido, evidentemente en su defensa
letrada mediocre, no hizo ningún esfuerzo por dejarle ver a los jueces, ni al
fiscal, que se estaba cometiendo una aberración legal al imponer una doble
sanción, lógicamente, por la única razón de que los cubanos no cuentan con un
organismo o institución seria, verdaderamente interesada en exigir respeto a
los derechos del pueblo, y que sancione la
corrupción gubernamental, o por lo
menos, que los abogados no estén atados a la voluntad de la fiscalía.
Roger y Ernesto ya tienen pago los diez mil pesos de
multa, impuestos por el Capitán del puerto de Moa antes mencionado, no les dejaron
otra alternativa, pues fueron además amenazados que de no pagar esta, pagarían
en cuotas de a peso por días la
multa en prisión, !Valla manera de persuadir! Mejor, de meter miedo. Ambos
esperan "en la conciencia y legalidad revolucionaria" que de alguna
manera se realice una revisión de causa, y con ella, el milagro de su justa excarcelación.
Actualmente Roger se encuentra en un centro correccional
con internamiento, donde sufre lo indecible, bajo un régimen carcelario
altamente humillante y bajo
explotación laboral. Recientemente a razón de una
gran fuerza que ejecutó en tales trabajos tiene inflamada la región izquierda
superior de la espalda que lo obliga a respirar con dificultad por la reacción
dolorosa que le provoca en la referida región, al exigir ser llevado al
Hospital para conocer su situación de salud, el Primer Teniente Lázaro González
Espinoza quien es el jefe de este correccional ubicado en el lugar conocido
como Nipe, quien maltrata y humilla a los reclusos del referido correccional,
le negó ser llevado al Hospital, negando así la asistencia médica a Roger,
quien a la fecha continúa sufriendo de dolor y sin ser atendido.
Ya lo han pagado todo, dinero, libertad y salud, y solo
por un código manipulador confeccionado para retener y esclavizar a un pueblo
que sueña con escapar de la asfixiante dictadura, en la que juzgando por lo que
le está tocando vivir a Roger y a Ernesto, la justicia es una balsa, y en 1959
emigró despavorida bien lejos del régimen castrista.
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